A partir del 1° de enero de 2021 y de acuerdo en lo señalado en la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal, estará prohibida la comercialización, distribución y entrega de plásticos desechables de un solo uso tales como tenedores, chuchillos, cucharas, palitos, mezcladores, platos, pajitas, palitos de los hisopos de algodón, globos, varillas para globos, vasos y sus tapas, charolas para transportar alimentos y aplicadores de tampones fabricados total o parcialmente de plástico a excepción de los que sean compostables.

Recordemos que fue desde el año 2019 que el Gobierno de la CDMX a través de la Gaceta Oficial indicó que de acuerdo a la Ley de Residuos Sólidos, se retirarían diversos productos de plástico del mercado, iniciando esto el 1° de enero de este año en donde se prohibía la comercialización, distribución y entrega de bolsas de plástico al consumidor, en los puntos de venta de bienes o productos, excepto si son de plástico compostable.

De igual forma en la Gaceta Oficial se informa que se prohibirá la distribución, comercialización y entrega de productos que contengan microplásticos añadidos intencionalmente así como las cápsulas de café de un solo uso fabricadas con materiales plásticos de bajo potencial de aprovechamiento.

Las empresas o negocios que utilicen dichos materiales deberán pagar una multa económica la cual va de 500 a 2000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) vigente, o sea, de 43,440 hasta 173,760 pesos.

La Secretaría del Medio Ambiente ya se encuentra realizando una campaña llamada #AdiósALosDesechables en la que se informa la ciudadanía que a partir del 1° de enero de 2021 las medidas antes mencionadas entrarán en vigor.

 

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